El voto en las primarias no es obligatorio y solo es para militantes
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) habilitó a cerca de dos millones de electoras y electores para acudir a las 7.837 mesas de sufragio que se dispusieron en 3.751 recintos electorales en todo el país
Este domingo, Bolivia acude a las urnas en las inéditas e históricas elecciones primarias. En este proceso el voto no es obligatorio y solo es para militantes inscritos en los nueve frentes habilitados.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) habilitó a cerca de dos millones de electoras y electores para acudir a las 7.837 mesas de sufragio que se dispusieron en 3.751 recintos electorales en todo el país.
Las mesas están numeradas y conformadas por orden alfabético de militantes de cada organización política o alianza. Si el elector no sabe dónde vota puede verificar su mesa en https://yoparticipo.oep.org.bo
Los únicos requisitos para que los partidarios sufraguen son la cédula de identidad original y vigente, o hasta con un año de caducidad, y la inscripción como militante habilitado que debe estar consignada en la lista índice de la mesa de sufragio.
INFRACCIONES Y SANCIONES
A través de esta Resolución, el TSE dispuso las siguientes prohibiciones y sanciones:
* El expendio o consumo de bebidas alcohólicas al interior de los recintos electorales y a cuatro cuadras alrededor de los mismos, desde las 00:00 horas del viernes 25 de enero hasta las 12:00 del lunes 28 de enero. En caso de infracción a esta prohibición se multará con Bs 7.200 a los expendedores y de Bs 720 a las personas que vulneren esta prohibición.
* El portar armas de fuego, punzocortantes, instrumentos contundentes y peligrosos al interior de los recintos electorales y alrededor de cuatro cuadras a la redonda de la ubicación de los recintos habilitados; desde las 00:00 hasta las 23:59 de la jornada de elección. La infracción será sancionada con Bs 2.880.Elecciones Primarias: Desde este jueves rige el silencio electoral
* La realización de actos, reuniones o espectáculos públicos al interior de los recintos electorales y cuatro cuadras alrededor de los mismos, desde las 00:00 hasta las 23:59 de la jornada de elección. La multa que se aplicará en caso de infracción es de Bs 3.500.
* La realización de cualquier forma de manifestación pública de apoyo o rechazo a una candidatura al interior de los recintos electorales y cuatro cuadras alrededor de las mismas, desde las 00:00 hasta las 23:59 de la jornada de elección.
La infracción a esta prohibición estará sancionada de la siguiente manera:
a) para las personas individuales será una multa equivalente a cinco días del salario mínimo.
b) para personas colectivas, organizaciones sociales o colegiadas, de hasta 50 salarios mínimos.
c) para organizaciones políticas de hasta 100 salarios mínimos.
(27/01/2019)