Una iniciativa… bien pensada
El Artículo 187 de la CPE declara taxativamente las condiciones y requisitos para las elecciones de magistrados. La propuesta de Carlos Alarcón está destinada a deslegitimar los 2/3 que tiene actualmente el MAS en la Asamblea Legislativa Plurinacional de diputados y senadores.
En 2017 debe realizarse la elección de las altas autoridades judiciales del Estado. Esta situación ha provocado diferentes reacciones, todas basadas en la experiencia de la anterior elección de autoridades y el pobre desempeño que realizaron los electos en la gestión que terminan.
El abogado constitucionalista Carlos Alarcón hizo conocer su propuesta en calidad de Iniciativa Legislativa Ciudadana. Revisando el documento, en sus 14 artículos y un derogatorio, pienso que se trata de una propuesta interesante, pero marcada por ser elitista, discriminadora e ingenua en el espíritu del documento.
La propuesta consiste en la conformación de 11 Tribunales de Méritos (de tres comisionados cada uno), 5 en representación de órganos territoriales estatales y 6 que representarían a la sociedad civil.
En la conformación de los 5 tribunales estatales, 1 representaría al Presidente del Estado, 1 a los gobernadores, 1 al Defensor del Pueblo, 1 a las alcaldías capitales de departamento más El Alto (es decir, 10 municipios) y 1 a las alcaldías intermedias, las cuales en conjunto, por población, son 36; por tanto, 46 municipios tendrían dos tribunales y 6 comisionados. ¿Y el resto de los municipios? 294 municipios quedan fuera de cualquier posibilidad de participación en la preselección de candidatos, por el solo hecho de no tener más de 50.000 habitantes, ¿o existe otro argumento? De esta forma se discrimina y viola los principios de unidad, equidad, bien común, igualdad, participación, entre otros, que rigen a las organizaciones territoriales de acuerdo al Artículo 270 de la Constitución.
La elección de las y los potenciales candidatos estará reducida a profesionales supuestamente meritorios de las ciudades, los cuales tienen por supuesto mayores oportunidades de estudios, y los habitantes de los 294 municipios excluidos en la selección de candidatos solo podrán votar por aquellos que los representantes “idóneos” (de las ciudades) habrían preseleccionado. Feliz retorno a la Bolivia excluyente anterior a 2006.
En cuanto a los representantes de la sociedad civil, las facultades de Derecho de las universidades públicas y privadas tendrían 1 Tribunal de Méritos; 1 los empresarios, 1 la Central Obrera Boliviana. Menuda disputa seguramente se daría al interior de la organización laboral para elegir a sus representantes y equipararse a las facultades de Derecho y a los empresarios.
Pero donde es bien interesante la propuesta es en la representación de las organizaciones no gubernamentales, las famosas ONG, especializadas en derechos humanos, instituciones éstas que en décadas anteriores reemplazaron el rol del Estado, sobre todo en el área rural, y hoy se dedican a estudios producto de consultorías en las ciudades; de ser intermediarias se convierten en actores sociales jurídicos y asumen la representación de la sociedad civil; cabe preguntarse: ¿quién les dio esa función y característica?, ¿quiénes les delegaron la representación? Y, para completar la exclusión, está la propuesta de la representación de los periodistas con 1 Tribunal.
En el caso del tribunal representante de los periodistas, veamos el caso del departamento de La Paz, la más numerosa asociación de periodistas de Bolivia. En las últimas elecciones para renovar su directiva (que sería la representación de los periodistas y asumiría —según la propuesta de Alarcón— la representación de la sociedad civil) participaron 80 afiliados de 400 habilitados, siendo 2.000 los miembros de la Asociación de Periodistas de La Paz; es decir, 4% sobre el total de los afiliados y 20% sobre los afiliados habilitados eligieron a esa directiva que tendría la responsabilidad de designar a 1 Tribunal de Méritos en representación de la sociedad civil. El portavoz iluminado y meritorio de 80 personas suplantaría a millones de paceños y paceñas para ubicarlos territorialmente. ¿Es o no una muestra de ser una propuesta elitista y discriminatoria?
¿Cómo garantizaría una representación idónea o cuál sería la supuesta independencia político partidaria, si un anterior ejecutivo de los periodistas de La Paz, terminada su gestión, apareció como candidato de un partido de oposición, más bien que perdió?, ¿será por algo no?
El Artículo 7 de la propuesta (Bases para la calificación de méritos) sostiene que “Las bases para la evaluación y calificación del mérito consisten en la amplia y reconocida trayectoria profesional, desempeño honesto de la profesión de abogado y/o de funcionario público, formación académica y/o especialidad profesional”. Realizado el breve análisis sobre los Tribunales de Méritos, su procedencia, su falta de representatividad, la exclusión de muchos actores en la preselección de candidatos y candidatas y la tendencia a elitizar, hace recuerdo al accionar de las épocas señoriales, donde el solo hecho de tener títulos (documento que no acredita capacidad e idoneidad) habilita como requisito, tener méritos por haber defendido a empresas transnacionales y sectores pudientes de Bolivia, haber sido funcionarios —según la propuesta— de los gobiernos anteriores a 2005, serían las cartas de presentación y méritos para ser preseleccionado como candidato o candidata.
El abogado Alarcón sostiene que uno de los argumentos para presentar su propuesta sería romper el monopolio que habría tenido la Asamblea Legislativa Plurinacional en la anterior elección de magistrados y convertir al primer órgano del Estado Plurinacional en una mera oficina de validación administrativa de las “decisiones” de los Tribunales de Méritos, que por lo menos en cinco de sus orígenes institucionales dejan muchas dudas y susceptibilidades.
El Artículo 187 de la CPE declara taxativamente las condiciones y requisitos para las elecciones de magistrados. La propuesta de Alarcón está destinada a deslegitimar los 2/3 que tiene actualmente el MAS en la ALP de diputados y senadores, eso está claro, aunque el proponente camufle con una supuesta transparencia para una justicia “independiente, meritoria y calificada”. La otra intención (la mayor participación de la sociedad civil) es coherente con esta idea, con la presencia de grupos reducidos en representación de la mayoría de los bolivianos y bolivianas, que solo se dedicarían a votar para elegir.
El numeral 5 del Artículo 158 plantea la preselección de candidatas y candidatos, y el parágrafo II del Artículo 182 describe la metodología para la preselección, no elección, como se busca hacer creer a través de la propuesta.
El proponente considera —espero que no sea una ingenuidad— que el hecho de tener títulos, “amplia experiencia”, méritos como buen funcionario de gobiernos anteriores, son condiciones indispensables que conllevan a un accionar ético, justo, idóneo y transparente. ¿Acaso no estuvo en manos de esos meritorios profesionales la administración de la justicia hasta 2006 y, en muchos casos, continúan siendo los mismos? Por otro lado, se vulnera principios fundamentales en los derechos de las personas, como son la igualdad, alternancia y la composición plural, declarados por la misma CPE.
En conjunto la propuesta aborda la metodología de elección de magistrados, va a la forma de este mecanismo descrito en la Constitución; el fondo, la elección de magistrados, no está en duda, a través del sufragio universal, y debe seguir siendo así.
En cuanto a la preselección, donde se dan las mayores observaciones, se debe incidir en la participación de la sociedad civil en su conjunto, organizados e individualmente en pleno cumplimiento del Artículo 242 de la CPE, como garantía de preselección con la mayor transparencia, respetando los principios fundamentales de la Carta Magna; reducirla a la representación de organizaciones minúsculas sería un grave error y de consecuencias funestas para la democracia participativa directa y delegada (Artículo 7 de la Constitución).