Caso Alexander: Dos informes ya habían alertado de la inocencia de Jhiery Fernández
Un coimputado y el Colegio Médico de La Paz auspiciaron dos investigaciones al informe forense y otros expedientes del caso Alexander en los que no se halló indicios de responsabilidad contra el médico Jhiery Fernández, principal acusado.
No solo son las declaraciones de mayo de 2018 de la jueza Patricia Pacajes y el polémico audio que se le atribuye. Dos investigaciones que analizaron el informe forense, uno solicitado por un coimputado y otro alentado por el Colegio Médico, ya habían alertado de la inocencia del médico Jhiery Fernández en el caso de la muerte del bebé Alexander y descartaron la tesis de la violación.
Uno de los informes fue elaborado por el médico genetista Germán Meleán, quien revisó el informe del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF) en 2015 a pedido del Colegio Médico de La Paz y que se centró en el ADN del menor y sus posibles vínculos con los demás sospechosos, entre ellos Fernández.
“El informe del IDIF, que fue muy bien redactado y sustentado, determinó la inexistencia de ADN del doctor Fernández en el cuerpo del bebé Alexander ni en ninguna parte de donde estuvo el niño. Eso destaqué una vez que estudié el informe del IDIF”, informó en una entrevista con radio Fides que recoge su portal.
El experto precisó que el estudio comparó el perfil de ADN (Ácido desoxirribonucleico que contiene información genéticas) recolectado en varios sitios de la escena con la de los investigados y del menor, cuyas muestras se tomaron de su clavícula.
El resultado determinó que “ninguno de los objetos o muestras contiene ADN de ninguna de las personas investigadas” y que, por tanto, no se los puede vincular con el caso.
- La publicación de La Razón, del 5 de mayo, en la que Pacajes admite que «no se comprobó» que la evidencias halladas eran del médico.
Heidy Arteaga, otra especialista forense, también hizo una auditoría técnico científica al expediente y, en consecuencia, al informe forense al informe del IDIF en 2014, esta vez ha pedido de uno de los coimputados del caso que laboraba en el Hospital del Niño.
“Se realizó un análisis médico legal de toda documentación que existía tanto en el cuaderno de investigación como en el expediente del caso. Existían historias clínicas, informes forenses, certificados médicos forenses, informes de autopsia y protocolos de autopsia, declaraciones, informes de algunos sicólogos, existía varia documentación de la cual se ha hecho análisis para llegar a una conclusión con puntos específicos”, contó.
Afirmó que a partir de ese estudio, se determinó que el principal acusado, Jhiery Fernández, no tenía relación con los hechos de los cuales fue sentenciado a 20 años de presidio. El documento, que tiene el mismo rango de una pericia, fue entregado a la Fiscalía.
“Este tema es muy controversial. El cuaderno de investigación como el expediente tenían suficientes indicios para poder establecer que no existía agresión sexual, no había datos (…) Nunca la Fiscalía ni el juzgado me han llamado”, reveló en una entrevista con la ATB, el medio de comunicación que el lunes reveló el audio en el que supuestamente la juez Patricia Pacajes admite que no habían pruebas para sentenciar a Fernández.
No es todo. El miércoles, el jefe de Homicidios de la Fuerza de Lucha Contra el Crimen (FELCC), René Tambo, y el Defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, en las horas precedentes han confirmado la versión de que el bebé Alexander no fue víctima de vejámenes sexuales.
“Yo fui al juicio oral donde dije claramente que no había la situación de violación por las características que representaba el bebé en la autopsia, sin embargo, hicieron caso a la médico forense”, declaró Tambo al portal Urgente.bo.
El ombudsman, en tanto, aseguró que “desde el primer momento del caso a partir de un error en una investigación (…) se mostró como culpable a quien terminarían imputando y sentenciando en dos instancias, de un hecho que no ocurrió (la violación a un niño que sí falleció por negligencia médica)”, reseña un boletín institucional. (20/09/2018)