Estatuto en suspenso
El ‘test’ de constitucionalidad del estatuto autonómico cruceño tomó más tiempo del previsto.
Finalmente, tras 17 meses de tratamiento, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió la declaración de constitucionalidad del estatuto autonómico departamental de Santa Cruz. Lo hizo con fecha 16 de diciembre, aunque la resolución será notificada recién el 3 de enero. Varios artículos del estatuto fueron declarados incompatibles con la Constitución Política del Estado.
El 22 de julio de 2015, en acto solemne realizado en Sucre, la presidenta de la Asamblea Legislativa de Santa Cruz entregó el estatuto departamental a los magistrados del TCP. Se cumplía así el último paso luego del cuestionado proceso de “compatibilización” del documento y su posterior aprobación, también observada, en la asamblea departamental. Se esperaba que el estatuto fuese declarado constitucional muy pronto para el festejo correspondiente en la efeméride del 24 de septiembre.
No hubo declaración de constitucionalidad ni celebración en septiembre de 2015. Tampoco en septiembre de este año. El “test” de constitucionalidad, que una vez admitido el trámite debiera durar 45 días, tomó más tiempo del previsto: casi 17 meses. La demora, según descargo del TCP, con la suspensión de plazos procesales, se debió a que tuvieron que conocer cerca de 30 impugnaciones. La versión compatibilizada del estatuto no fue consensuada, por lo que varias entidades la rechazaron.
Debe recordarse como antecedente que el estatuto cruceño fue elaborado rápidamente a fines de 2007, con el declarado propósito de poner una cuña al proyecto de nueva Constitución Política aprobada en diciembre de aquel año por la Asamblea Constituyente. Luego, para frenar el referéndum aprobatorio del texto constitucional, las élites de la región forzaron la convocatoria a una consulta sobre el estatuto, realizada el 4 de mayo de 2008. La polémica consulta fue declarada ilegal.
El estatuto cruceño de 2008, según el análisis de especialistas, contenía varios artículos incompatibles con la anterior Constitución Política. Esa cualidad de inconstitucionalidad se mantuvo respecto a la actual Ley Fundamental. No extraña, por tanto, que la declaración preliminar emitida hace unos días por el TCP identifique un conjunto de artículos que requieren ser compatibilizados. El estatuto volverá por tanto a la Asamblea Departamental, que debe concertar los ajustes con todos los actores.
Sobre la declaración preliminar de constitucionalidad del estatuto preocupan algunos aspectos. Primero, la excesiva tardanza. Segundo, que haya sido aprobada por solo cuatro de los siete magistrados. Habrá que ver los fundamentos de la disidencia de los otros tres miembros del TCP. Y tercero, que se haya emitido el 16 de diciembre, pero aún no esté disponible. Lo evidente es que resta todavía un buen trecho para que el estatuto de Santa Cruz, otrora bandera autonómica, pueda entrar en vigencia.