Inseguridad carcelaria
En una institución bajo tuición del Estado el derecho a la vida debería estar garantizado.
Cuando una persona es recluida en un penal, es responsabilidad del Estado asegurarse de que sus derechos no sean vulnerados más allá de las privaciones impuestas por un juez a raíz de los delitos que ha cometido. Entre ellos el derecho a la vida, el más fundamental de todos, que debería estar garantizado en una institución bajo tuición estatal, en este caso, de la Policía Boliviana.
Sin embargo, en los recintos penitenciarios del país, al igual como ocurre en varias otras naciones en vías de desarrollo, lamentablemente la inseguridad y el atropello de los derechos es algo corriente. Esto porque los penales son “administrados” en cierta medida por los propios internos, aunque también se registran vulneraciones de parte de las autoridades policiales. Si bien esta preocupante realidad es conocida por propios y extraños, la muerte del padre de Abigaíl, la niña de siete años que falleció el miércoles pasado como consecuencia de los golpes que presuntamente le propinó su madrastra (aunque todo indica que su progenitor también la agredía regularmente), ha causado consternación entre propios y extraños, por cuanto fue provocada por una brutal golpiza que recibió en un lugar que se supone está bajo el resguardo de la Policía, o al menos debería estarlo.
Huelga recordar que este varón de 31 años fue enviado de manera preventiva al penal de San Pedro acusado de lesiones graves e infanticidio. Tras su reclusión, el viernes, mientras se encontraba en la posta sanitaria a la espera de una revisión médica, fue recibido por un comité de “bienvenida” compuesto por algunos internos, quienes se atribuyeron el derecho de aplicarle la Ley del Talión. Y como resultado de este recibimiento, estuvo en estado de coma durante cuatro días, hasta que falleció la madrugada de ayer por un paro cardiorrespiratorio.
Es de conocimiento público que en las cárceles del país, ante el descontrol que reina en estos lugares, rige una suerte de código interno, que entre otras medidas y un sinnúmero de extorsiones incluye pagar con la misma moneda a los acusados o sentenciados por el asesinato y/o violación de niños, niñas, mujeres y sectores vulnerables en general. Y ante esta realidad, llama la atención que el padre de Abigaíl haya sido confinado a un espacio común, al que tenían acceso el resto de los reclusos de la penitenciaría paceña, y sin la presencia de guardias policiales que garanticen su seguridad.
Resulta inconcebible que las autoridades responsables del penal de San Pedro no hayan tomado las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad física de este hombre, así como de cualquier otro recluso. Máxime tomando en cuenta que esta actitud de “indolencia”, que linda con lo delictivo, impulsa entre los reos la peligrosa percepción de que el uso de la violencia y la vulneración de los derechos son permisibles en ciertos casos, en los que la ley del más fuerte se materializa.